PLENO DEL CONGRESO DEL ESTADO APROBÓ EL DECRETO QUE EXPIDE LA LEY DE SANIDAD VEGETAL E INOCUIDAD AGRÍCOLA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ.
SE ESTABLECEN LOS CRITERIOS PARA FOMENTAR EL DESARROLLO SUSTENTABLE DE LAS ACTIVIDADES AGRÍCOLAS EN LA ENTIDAD Y MEJORAR LAS CONDICIONES DE PRODUCTIVIDAD, RENTABILIDAD Y COMPETITIVIDAD DEL SECTOR.
SE APROBARON REFORMAS A LA LEY DE TRÁNSITO DEL ESTADO PARA OBLIGAR A LOS PROPIETARIOS O RESPONSABLES DE LOTES, DEPÓSITOS O PENSIONES DE VEHÍCULOS LLEVEN UN CONTROL PUNTUAL DE LAS UNIDADES QUE QUEDEN A SU RESGUARDO.
En Sesión Ordinaria, la LXII Legislatura del Congreso del Estado aprobó por mayoría de 23 votos a favor y una abstención, el decreto que expide la Ley de Sanidad Vegetal e Inocuidad Agrícola del Estado de San Luis Potosí, misma que establece los criterios para fomentar el desarrollo sustentable de las actividades agrícolas en la entidad y mejorar las condiciones de productividad, rentabilidad y competitividad del sector, así como establecer las medidas para la prevención, control y erradicación de plagas y enfermedades de cultivos agrícolas que representen un riesgo fitosanitario para el Estado de San Luis Potosí, así como, las medidas para la aplicación de los sistemas de reducción de riesgos de contaminación física, química y microbiológica de la producción primaria en vegetales.
En esta nueva ley, se regulan de manera puntual y adecuada, todas las circunstancias que guardan relación con la inocuidad agroalimentaria y contemple las condiciones jurídicas que faciliten y protejan a las actividades del sector, ello a través de las instituciones gubernamentales competentes.
Se busca mejorar los procedimientos a través de los cuales se les da seguimiento a productos de origen vegetal, mediante un sistema en el que se registren las etapas de su movilización, desde el origen hasta el destino final que ordinariamente es el consumidor.
Por lo tanto, al crear este marco jurídico en materia de sanidad vegetal e inocuidad agrícola para el Estado, se establecen y regulan las condiciones que permitan a los productores coadyuvar con las autoridades gubernamentales, ello por medio de la aplicación de las medidas para la prevención, control y erradicación de plagas y enfermedades.
Otros dictámenes
Se aprobó por unanimidad de 22 votos a favor, la reforma al artículo 151 en sus fracciones I, y II; y derogar del mismo artículo 151 la fracción V, de la Ley del Registro Público de la Propiedad y del Catastro para el Estado y Municipios de San Luis Potosí, para establecer los requisitos para ocupar el cargo de titular de la Dirección General del Instituto Registral y Catastral del Estado de San Luis Potosí, eliminando requisito de edad mínima por considerarse discriminatorio y estableciendo claramente lo relacionado a experiencia profesional y grado de estudios.
De esta manera, se establece que para ocupar este cargo se deberá contar con título y cédula profesional de abogado o licenciado en derecho, expedidos por autoridad competente, con una antigüedad mínima de cinco años contados a la fecha de su designación.
Se aprobó por unanimidad de 23 votos a favor, adicionar párrafo al artículo 35, éste como tercero, por lo que actuales tercero, y cuarto, pasan a ser párrafos, cuarto, y quinto, de la Ley de los Trabajadores al Servicio de las Instituciones Públicas del Estado de San Luis Potosí, para incluir mecanismos facilitadores y adecuados para quienes estén al cuidado de menores con cáncer, que puedan tener el tiempo necesario para atenderlos adecuadamente y poder llevarlos a sus tratamientos.
De esta manera, se establece que “la trabajadora o trabajador, que funja como cuidador de una hija o hijo con padecimiento de cáncer infantil menor de 16 años, podrá optar por un permiso o licencia sin goce de sueldo, en periodos críticos de hospitalización, de reposo o cuidados paliativos. Con una vigencia de 1 a 28 días, se podrán expedir todas las licencias que se estimen necesarias, durante un periodo máximo de tres años sin que se excedan los 364 días, mismos que no necesariamente tendrán que ser continuos.
Para el caso que ambas personas cuidadoras de la menor o el menor, trabajen al servicio de las instituciones públicas, no podrán disfrutar de manera conjunta este tipo de permisos o licencias, por lo que deberán turnarse la asignación, para que, bajo criterios de equidad, se cuide de manera alternativa a las hijas e hijos sujetos a esta condición, estos permisos o licencias no generan la pérdida de derechos de antigüedad para las o los trabajadores”.
Por unanimidad de 24 votos a favor, se aprobó la reforma a los artículos, 8º en su fracción XXXIII, y 90 en su fracción VIII; y adiciona a los artículos, 8º una fracción, ésta como XXXIV, por lo que actual XXXIV pasa a ser fracción XXXV, y 90 una fracción, ésta como IX, por lo que la actual IX pasa a ser fracción X, de la Ley de Turismo del Estado de San Luis Potosí, para que la Secretaría de Turismo pueda implementar y publicitar, mediante convenios con los prestadores de servicios turísticos del estado, programas de facilidades, descuentos o promociones aplicables a residentes de la entidad, con el fin de impulsar el turismo estatal interno; y que sea de forma permanente, incluidos los periodos considerados como de baja afluencia.
Se aprobó por mayoría de 20 votos a favor, 2 abstenciones y 1 en contra, la reforma al artículo 59 en su párrafo primero, de la Ley de Tránsito del Estado de San Luis Potosí, para establecer que los propietarios o responsables de lotes, depósitos o pensiones de vehículos en el Estado, deberán llevar un control puntual de las unidades que queden a su resguardo o cuidado.
El registro deberá contener los datos que permitan la identificación del vehículo, así como la autoridad o persona que lo deposite; la autoridad o autoridades a las que están a su disposición; así mismo estas pensiones o depósitos deberán entregar a las autoridades competentes cuando éstas así lo soliciten, el inventario actualizado de los vehículos que estén bajo su resguardo, y deberán informar a dichas autoridades cuando éstas así se los requieran, si determinados vehículos con reporte de robo o relacionados con la comisión de delitos, se encuentran depositados en las mismas, lo anterior, con independencia de las obligaciones que deriven de otras disposiciones y obligaciones administrativas.
Se aprobó por mayoría de 23 votos a favor y 1 abstención, la reforma al artículo 35 en su fracción XIII, de la Ley de Fomento al Desarrollo Rural Sustentable del Estado de San Luis Potosí, para establecer que la acción de protección a los jornaleros agrícolas, tanto locales como foráneos, forme parte de las acciones que deba contemplar el Programa Especial Concurrente que es normado por dicho dispositivo legal.
De esta forma, se consolida la proyección de políticas públicas encaminadas a garantizar a la población rural, su bienestar.
Puntos de Acuerdo.
A propuesta de la diputada Martha Barajas García, se aprobó por unanimidad de 18 votos a favor, el Punto de Acuerdo que plantea exhortar a titulares de los Poderes Ejecutivos Federal y Estatal; a la Secretaría de Salud Federal; y subsecretaría de prevención y promoción de la salud, que en próxima etapa de vacunación que está por comenzar, incluir a personal que preste sus servicios en planteles educativos, públicos, y privados, en todos los niveles, a fin de estar en condiciones de regresar a clases presenciales el ciclo escolar 2021-2022.
El diputado Pedro César Carrizales Becerra propuso Punto de Acuerdo para exhortar al titular de la Secretaría de Educación de Gobierno del Estado, diseñar políticas públicas dirigidas a tutores, padres y madres de familia sobre cómo educar con perspectiva de género a las y los menores, para contribuir en erradicación de la violencia de género y alcanzar igualdad sustantiva entre mujeres y hombres. El Punto de Acuerdo fue turnado a las comisiones de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología; y Derechos Humanos, Igualdad y Género para su análisis.
En Asuntos Generales, la diputada Dora Elia Arreola Nieto rindió protesta como primera vocal de la Junta de Coordinación Política, luego del oficio de representación del Partido del Trabajo como presidenta de dicha fracción parlamentaria en la LXII Legislatura.
Por mayoría de 4 votos a favor, 10 abstenciones y 6 votos en contra, se negó la licencia por tiempo indefinido solicitada por el diputado Pedro César Carrizales Becerra, a partir del 16 de abril de 2021.
Participaron además, la diputada María del Rosario Berredi Echavarría; y el diputado Edgardo Hernández Contreras, sobre diversos temas.
A las comisiones legislativas, se turnó la correspondencia enviada por el propio Poder Legislativo; demás poderes del estado; entes autónomo y paraestatal; ayuntamiento y organismo paramunicipal; Poder Federal y ente autónomo; Poderes de otras entidades del país; y particulares; así como las iniciativas presentadas por los diputados integrantes de la LXII Legislatura y un ciudadano.
Agotados los asuntos, se citó a Sesión Ordinaria el próximo jueves 22 de abril de 2021, a las 10:00 horas, en modalidad presencial, en el salón “Ponciano Arriaga Leija”, de Jardín Hidalgo 19.