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60 PERSONAS PRIVADAS DE SU LIBERTAD, PODRÍAN VERSE BENEFICIADAS CON LEY DE AMNISTÍA FEDERAL

EL PROCEDIMIENTO SE PODRÍA REALIZAR SIEMPRE Y CUANDO LO SOLICITEN LAS PERSONAS PRIVADAS DE SU LIBERTAD Y PREVIÓ A UN ANÁLISIS DE LAS AUTORIDADES: DIP. BEATRIZ BENAVENTE RODRÍGUEZ.

La diputada Beatriz Benavente Rodríguez, presienta de la Comisión de Seguridad Pública, Prevención y Reinserción Social del Congreso del Estado, indicó que según estimaciones de las autoridades de los centros penitenciarios, un promedio de entre 50 a 60 personas privadas de su libertad, podrían verse beneficiadas con la Ley de Amnistía Federal.

Señaló que de acuerdo a la información proporcionada por la titular de la Secretaría de Gobernación, Olga Sánchez Cordero en diciembre de 2019, se tenía contemplado un universo de hasta 6,200 personas privadas de su libertad en todo el país, que pudieran acceder a los beneficios que otorga la Ley de Amnistía Federal.

Precisó que para que puedan acceder a este beneficio, se tiene que llevar a cabo un procedimiento, de acuerdo a lo establecido en la ley en la materia, y siempre y cuando quienes lo soliciten quienes hayan sido juzgados y sentenciados por tribunales federales.

“Ellos tienen que presentar la solicitud y apegarse a esta Ley de Amnistía, por parte de sus abogados; esta solicitud tiene que pasar a un consejo que se forma, así lo contempla la ley federal, que hay varias autoridades representadas y valoraran la pertinencia de la solicitud, y de considerarlo procedente todavía lo turnan a un juez que avala o no el dictamen emitido por esta comisión y entonces procederían a otorgar la libertad a estas personas que lo solicitan, es decir no es en automático”.

Indicó que en el caso local, en San Luis Potosí se presentó recientemente una iniciativa de Ley de Amnistía del Estado, la cual deberá ser analizada por los legisladores para verificar su viabilidad y que cuenten con un procedimiento similar a la legislación estatal.

“En San Luis Potosí se presenta una iniciativa de Ley de Amnistía Estatal, es decir, el Congreso tendrá que definir qué delitos de nivel estatal que sean juzgados por tribunales estatales serán posibles beneficiados de esta ley, en cuanto sea aprobada y entre en vigor”.

Dijo que en este sentido, al igual que en la ley federal, los beneficiados serán personas que ya se encuentren sentenciadas al momento de la aprobación de la ley y no posteriormente, “importantísimo recalcar que estas tendrán que ser juzgadas por tribunales estatales y evidentemente de los delitos que el Congreso del Estado determine que puedan ser sujetos a este beneficio”.

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