* CADA UNA DE LAS SOLICITUDES DE JUICIO POLÍTICO SON ATENDIDAS DE MANERA INSTITUCIONAL Y CON LA RESPONSABILIDAD DE SALVAGUARDAR EL INTERÉS PÚBLICO.
La presidenta de la Comisión de Gobernación del Congreso del Estado, diputada Beatriz Eugenia Benavente Rodríguez, reveló que durante la actual legislatura se han presentado alrededor de 42 solicitudes de juicio político que son atendidas de manera institucional y alejadas de cualquier sesgo político, pues la responsabilidad de las y los diputados es salvaguardar los intereses públicos fundamentales de la administración pública en San Luis Potosí.
Destacó que las sanciones a las que se puede hacer acreedor un funcionario sujeto a juicio político y en caso de que se comprueben las irregularidades, son: destitución e inhabilitación hasta por 20 años, siendo esta ultima la única sanción aplicable para el caso de ex funcionarios, basada a la Ley de Juicio Político para el Estado de San Luis Potosí.
La legisladora, reconoció que uno de los temas que más relevancia han tomado en la vida política y social en nuestro estado son los juicios políticos; sin embargo, es necesario dejar en claro que únicamente son sujetos de juicio político el gobernador, secretarios de estado y subsecretarios, así como magistrados, consejeros de la judicatura y jueces de primera instancia, diputados locales, fiscal general, anticorrupción y de delitos electorales.
Además, indicó que dentro de esta figura, también es aplicable para los Presidentes municipales, síndicos y regidores, así como titulares de organismos constitucionalmente autónomos, directores generales y sus equivalentes de las entidades paraestatales y paramunicipales.
La diputada, Beatriz Benavente, expuso que los ciudadanos son los únicos que pueden presentar un juicio político, es decir “si presenta un juicio político una persona y se ostenta como funcionario de cualquier nivel es notoriamente improcedente por lo tanto no se entra ni siquiera al fondo del tema”, acotó.
Señaló que la autoridad competente para conocer de juicios políticos es el Congreso del Estado, quien actúa bajo tres circunstancias: “Las comisiones instructoras conformadas por los integrantes de las Comisiones de Gobernación y Justicia, pues aquí se analiza en lo general la procedencia o no de la solicitud. En caso de no resultar procedente se envía a sesión privada de Pleno del Congreso del Estado para su aprobación de desechamiento”.
Precisó que en caso de que las comisiones instructoras determinen que hay elementos para su procedencia se conforma la Comisión Jurisdiccional “que es aquí cuando los diputados hacen las veces de jueces ya que investigan, documentan y resuelven la responsabilidad o no de lo planteado en el juicio para después enviarlo a la sesión privada de Pleno y sea votado”.
La presidenta de la Comisión de Gobernación, indicó que un juicio de este tipo, tampoco puede ser promovido por cualquier motivo, sino que, para que sea procedente debe ser presentado en contra de los funcionarios que ya he mencionado, y que la conducta del funcionario denunciado redunde en perjuicio de los intereses públicos fundamentales o de su buen despacho.
“Entendiendo interés público fundamental cuando se ataca a las instituciones democráticas, al gobierno republicano, representativo y popular del estado, así como a la organización política y administrativa de los municipios, cuando exista violaciones graves y sistemáticas a los derechos humanos y sus garantías, usurpación de atribuciones, infracciones a la ley cuando causen perjuicios graves al estado, a uno o varios municipios del mismo o a la sociedad, o motive algún trastorno en el funcionamiento normal de las instituciones y en general omisiones de carácter grave en ese sentido”, finalizó la diputada Beatriz Benavente.