EL EX ALCALDE MARIO GARCÍA SEÑALA QUE LO MULTAN PORQUE SU SUCESOR NO DIO SEGUIMIENTO A AUDITORÍAS
El ex alcalde de la capital, Mario García Valdez, anunció que acudirá a enterarse personalmente, e impugnará el resolutivo de la Auditoría Superior de la Federación -ASF- que lo multa con 47 millones de pesos, puesto que se trata de un asunto en el que no hay omisiones de su parte, la administración municipal siguiente no le dio seguimiento, y nadie le notificó personalmente del asunto.
“En la resolución que ni siquiera me notificaron, me cargan una omisión que no es mía, no me involucra en asuntos donde me hubiera llevado dinero, y precisamente por eso estoy tranquilo”, aseguró el ex presidente municipal.
El plazo para impugnar el resolutivo de la Cuenta Pública 2015 del Ayuntamiento de San Luis Potosí, vence en 30 días hábiles.
Dijo que Hacienda dio seguimiento al asunto únicamente con la alcaldía, pero a él no se le notificó un asunto en el que sólo bastaba con solventar las faltas de datos.
Dijo que recurrirá al Tribunal de Justicia Administrativa para impugnar una resolución en la que no le fueron respetadas sus garantías, por acciones que corresponden a otros actores.
Dijo que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público pretende sancionarle una omisión por un proceso que no estaba dentro de sus competencias como presidente municipal de la época. Precisó que la administración municipal sucesora no dio seguimiento al pliego de observaciones de la auditoría al ejercicio de recursos de la época, y es por ello que prácticamente el asunto se fue sin defensa a su favor.
“No robé nada, vivo tranquilo y estoy en San Luis Potosí, y el tema se dio porque el ayuntamiento siguiente no contestó la revisión de auditoría, en la que sus mismas actuaciones constan que no robé nada, tengo la conciencia tranquila, no he sido notificado hasta ahora”.
La ASF únicamente envió sus observaciones en la administración 2015-2018, en la que el asunto se debería solventar, pero nunca le avisaron, y el Ayuntamiento de la época tampoco solventó, y es así como se dicta la resolución.
Recordó que, en la revisión, y particularmente en aquellos casos practicados después de que concluyen, las mayores dificultades se dan con los cambios de administración. El plazo para impugnar es 30 días hábiles.
Con información de Martín Rodríguez / PULSO.