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PROPONE TOÑO LORCA PROHIBIR QUE PARTICULARES IMPONGAN MULTAS DE TRÁNSITO EN FRACCIONAMIENTOS.

San Luis Potosí, SLP.- El diputado local de MORENA, Toño Lorca propuso prohibir a particulares en San Luis Potosí, imponer multas y sanciones por infracciones de tránsito en fraccionamientos residenciales.

El legislador del Movimiento de Regeneración Nacional presentó ante el pleno del Congreso del estado una iniciativa para adicionar a la Ley de Tránsito del estado un párrafo en su artículo 86.

Explicó que hay expresiones de ciudadanos que advierten que al interior de fraccionamientos residenciales se da el cobro de multas por actos de tránsito, por lo que algunas veces se recurre a amonestaciones diversas de tipo interno, y en otras ocasiones se procede a cobrar multas

“Estas sanciones están fuera de toda tabulación o indexación regulada oficialmente; además de que no existe transparencia alguna sobre la aplicación y destino de esos fondos” indicó Lorca.

Dijo que este fenómeno refleja un problema elemental de cumplimiento del estado de Derecho, ya que de acuerdo a la Ley de Tránsito estatal, todo usuario de las vías públicas está obligado a obedecer las disposiciones contenidas en dicha Norma; no obstante, la mencionada Ley, y el Reglamento Municipal de Tránsito de la capital, no contienen ninguna regulación especial sobre infracciones para fraccionamientos y zonas privados de acceso público.

“La ley establece que las infracciones serán impuestas solo por elementos de seguridad pública, y los agentes de tránsito municipal, de conformidad con los conceptos y cuantías establecidas en las leyes respectivas” precisó.

Por lo tanto, la forma en que se cobran las multas de tránsito al interior de los fraccionamientos, no cumple con los requisitos de la Ley, y al ser una conducta contraria a las disposiciones legales, se trataría incluso de actos sancionables.

Toño Lorca dijo que para disuadir esta conducta, se propone adicionar a la legislación que quede prohibido imponer sanciones pecuniarias y realizar cobro de multas de tránsito incluyendo aquellas efectuadas en zonas privadas con acceso al público y fraccionamientos, siendo dichas conductas acreedoras a las sanciones aplicables por Ley.

“Establecer de forma expresa tal prohibición, es asunto elemental de observación del Estado de Derecho, al igual que de las garantías de los ciudadanos” finalizó Lorca.

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