El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) aprobó interponer una controversia constitucional en contra del decreto por el que se crea el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut).
El IFT señaló que no podría destinar en este momento recursos al Panaut, debido a que el presupuesto aprobado por la Cámara de Diputados para el ejercicio fiscal 2021 no contempla recursos para poner en marcha dicho registro.
El presupuesto asignado al IFT para el presente ejercicio fiscal es de mil 510 millones de pesos.
El Instituto indicó que el mandato legislativo para que el IFT lleve a cabo acciones para instalar, operar, regular y mantener el Padrón configura una afectación directa a una garantía institucional del órgano autónomo prevista en la Constitución.
“El Pleno de IFT aprobó presentar una controversia constitucional en contra de diversas disposiciones contenidas en el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de abril de 2021”, informó en un comunicado.
“Es importante destacar que, ni en la planeación presupuestal ni en el presupuesto aprobado por la Cámara de Diputados para el ejercicio fiscal 2021, hay recursos asignados para poner en marcha el Panaut, al ser este último una obligación reciente de gasto generada durante el ejercicio en marcha”, añadió.
El IFT subrayó que con este recurso legal busca garantizar su autonomía presupuestal, así como un ejercicio eficaz y oportuno de las facultades y fines que constitucionalmente están encomendados al Instituto, a través de los mecanismos previstos por la Constitución y con pleno respeto a las facultades de los demás órganos y Poderes de la Unión.
“Dicho mandato legislativo (el Panaut) configura una afectación directa a una garantía institucional de este órgano autónomo prevista en la Constitución, la cual establece que este Instituto es independiente en sus decisiones y funcionamiento, ejerce su presupuesto de forma autónoma y, con una suficiencia presupuestal que le permita el ejercicio eficaz y oportuno de sus competencias”, dijo.
“De igual forma, el Pleno consideró que el acto legislativo contiene elementos que podrían contraponerse con el mandato del IFT de garantizar los derechos contenidos en los artículos 6 y 7 de la Constitución, así como de favorecer el acceso a los servicios de telecomunicaciones, que son derechos fundamentales”.