ES NECESARIA UNA ACTUALIZACIÓN DEL ORDENAMIENTO A FONDO PUES SOLAMENTE HA TENIDO ALGUNAS REFORMAS A TRAVÉS DE LOS AÑOS
El diputado Ricardo Villarreal Loo presentó una iniciativa para expedir la nueva Ley Orgánica de la Benemérita Universidad Autónoma de San Luis Potosí́, que actualice la misión y objetivos de la máxima casa de estudios del estado, acorde a los principios de derechos humanos y al ejercicio de la autonomía.
La propuesta surgió de una auscultación directa con integrantes de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí́, para actualizar la Ley que regula a la UASLP y que no ha sido objeto de actualización por el Poder Legislativo del Estado, en aspectos sustantivos importantes que tengan que ver con la denominación de la Universidad, sus finalidades, su organización, su gobierno interno y con el desarrollo actual de sus actividades académicas, de investigación, extensión y de difusión de la cultura.
Desde su promulgación, la Ley Orgánica de la Universidad solo ha sido objeto de reformas, para modificar su denominación original y el nombre de la Universidad, lo que ocurrió́ mediante decretos 1149 publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado del 15 de septiembre del 2012 y 1172 publicado en el mismo Periódico el 12 de septiembre del 2015, respectivamente.
Villarreal Loo expuso que es importante normar de manera general y abstracta, temas que ya están en vigor desde la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los Tratados Internacionales suscritos por nuestro país, como son: la incorporación de los principios de última generación, que emanan de los Derechos Humanos relativos a la educación media y superior, contenidos en la última reforma al artículo 3o., Constitucional y el Derecho convencional, los Derechos fundamentales y los deberes de las personas que participan en el desarrollo de las finalidades de la institución, la sustentabilidad y el régimen disciplinario, entre otros.
La Ley establecerá que la Benemérita Universidad Autónoma de San Luis Potosí́, es una institución pública de educación superior, y un organismo público descentralizado del Estado libre y Soberano de San Luis Potosí́ con domicilio legal en la capital de la Entidad. Posee personalidad jurídica, está dotada de autonomía, y cuenta con patrimonio propio, capacitada para adquirir y administrar los bienes muebles e inmuebles necesarios para realizar su objeto, y se rige por esta Ley, el Estatuto Orgánico y sus Reglamentos.
Esta Ley, el Estatuto Orgánico, sus reglamentos y las disposiciones de carácter general que de ella deriven, se sujetaran a los derechos humanos y a los principios que emanan de los artículos primero y tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los Tratados Internacionales en los que el Estado Mexicano sea parte y la Constitución Política del Estado.
La Universidad asumirá́ el compromiso de impulsar acciones y políticas institucionales de sostenibilidad, bajo los principios de Interculturalidad, inclusión, perspectiva de género, juventudes e integralidad.
Percibir los ingresos que ordinaria y extraordinariamente le correspondan por aportaciones de los gobiernos estatal, federal y municipal, estando facultada para recabar sus propios recursos económicos por los medios que estime convenientes, los que serán empleados en el logro de sus finalidades.
La iniciativa del diputado Ricardo Villarreal Loo se turnó a comisiones para su análisis y dictamen correspondiente.