El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó la Norma Oficial Mexicana (NOM) que ordena a los hospitales públicos practicar abortos en casos de violación a menores de 12 a 17 años, incluso sin autorización de sus padres.
Con la modificación, se facilitó el acceso de mujeres y niñas a la interrupción voluntaria del embarazo cuando hayan sido víctimas de violación sin necesidad de autorización judicial o, en el caso de menores de edad, sin el aval previo de sus padres.
El ministro presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar, señaló que en casos de violación el Estado mexicano está obligado a adoptar medidas que garanticen a las mujeres y niñas víctimas de este delito a interrumpir sus embarazos productos del mismo en condiciones dignas.
“Obligar a las mujeres o niñas a llevar a término el embarazo derivado de una violación implica un total desconocimiento de su dignidad humana, autonomía y libre desarrollo de la personalidad, además de ser una forma de violencia de género.
Agregó que el derecho a interrumpir legalmente el embarazo protege a las menores de edad víctimas de violación derivado de su derecho a la salud y libre desarrollo de la personalidad.
SCJN APRUEBA ABORTO EN MENORES VIOLADAS
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