El Tribunal Estatal Electoral de San Luis Potosí declaró improcedentes las candidaturas de Cuauhtli Fernando Badillo Moreno y de Lidia Nayeli Vargas Hernández que aparecían en las primeras posiciones del listado de candidatos a diputados plurinominales del Partido Movimiento de Regeneración Nacional, lo anterior, considerando que dichas postulaciones violaban los propios estatutos de su partido.
La tarde de este miércoles 14 de abril, en sesión plenaria, el Tribunal Electoral abordó la Demanda de Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales a favor del ciudadano Juan José Hernández Estrada, quien denunció las irregularidades en que habría incurrido Morena al elegir a Badillo Moreno y a Vargas Hernández como candidatos a diputados plurinominales a pesar de que no cumplían con los principios de elegibilidad.
De manera unánime, el Tribunal Electoral declaró inelegibles a los dos candidatos basándose en el Artículo 13 de los estatutos internos de Morena en donde se específica que quien haya llegado a un cargo público por la vía de la representación proporcional no podrá ocupar otro por el mismo método en las elecciones subsecuentes y, dado que, tanto Cuauhtli como Lidia son diputados federales plurinominales, no pueden saltar a la curul local por el mismo principio.
Cuauhtli Fernando Badillo Moreno y Lidia Nayeli Vargas Hernández ocuparon una curul en San Lázaro representando a la Circunscripción Número 2 luego de las elecciones de 2018. En vísperas del actual proceso, promovieron un recurso para reelegirse como diputados federales plurinominales, sin embargo, los estatutos de Morena también lo prohíben de ahí que optaran por la diputación local, misma que, este miércoles, les fue negada por el Tribunal Electoral.
TRIBUNAL ELECTORAL DESARMA CANDIDATURAS PLURIS DE MORENA
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